¿Has escuchado mencionar el nombre CFDI de traslado o carta porte? ¿Sabes que es? A continuación te diremos lo básico que debes conocer sobre este tipo de documento.
El CFDI de traslado anteriormente conocido como carta porte es básicamente un documento en el cual se encuentran declaradas todas y cada una de las mercancías que son transportadas por la vía terrestre y es requerida por las empresas transportistas para amparar dicho traslado.
Los contribuyentes pertenecientes al sector de autotransporte terrestre de carga, deberán expedir el CFDI que ampare la prestación de este tipo de servicio, según los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF, o bien, expedir un comprobante impreso con los requisitos marcados en la regla I.2.7.1.23. de la RMF, independientemente de los establecidos por la SCT. (Regla I.2.7.1.23.)